Bosque nativo: fondo concursable

Conozca cómo se bonifican ciertas actividades destinadas a la conservación, recuperación
y manejo sustentable del bosque nativo.

«La señora Ema es propietaria de un pequeño terreno forestal y desea hacer un manejo sustentable de los recursos naturales de que dispone. Su vecino le dijo que averiguara acerca de los fondos concursables para la protección y preservación del bosque nativo.» 

¿Qué actividades bonifica el Fondo de Conservación, Recuperación y Manejo
Sustentable del Bosque Nativo?
El fondo bonifica actividades de preservación que favorezcan la regeneración, recuperación o
protección de formaciones adaptadas a la aridez de alto valor ecológico o de bosques nativos de
preservación. La bonificación alcanzará hasta 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por hectárea.

También se bonifican actividades no madereras: para obtener productos no madereros como
hongos, frutos silvestres, plantas medicinales, fibras vegetales o servicios de turismo. Dicha
bonificación alcanzará hasta 5 UTM por hectárea.

En cuanto a actividades madereras, se bonifican aquellas destinadas a manejar y recuperar bosques
nativos con fines de producción maderera. Dicha bonificación alcanzará hasta 10 unidades tributarias
mensuales por hectárea.

¿Quiénes pueden postular a este fondo?
Existen dos concursos: uno para pequeños propietarios forestales y otro para medianos y grandes
propietarios.

Para el caso de los pequeños propietarios, el monto de las bonificaciones se incrementará en un
15%; contarán con un procedimiento simplificado de postulación y además podrán organizarse para
postular en forma colectiva.

¿Cómo puedo postular a la bonificación?
Debe presentar una solicitud de bonificación y un proyecto de plan de manejo, que deberá detallar
las actividades a realizar e identificar la superficie a intervenir.

¿Qué es un plan de manejo?
Es una herramienta de planificación que se utiliza para intervenir un bosque. Son desarrollados por
ingenieros forestales o profesionales del área, y la Corporación Nacional Forestal (CONAF) se encarga
de aprobarlos y fiscalizar su cumplimiento.

¿Cuándo comienza el concurso?
CONAF llamará a los concursos públicos durante el primer trimestre de cada año, mediante anuncios
en medios de comunicación masivos y en su sitio web. Tras el llamado, los interesados tendrán 60
días hábiles para postular.

Ley marco de Bomberos de Chile

¿Cómo se agrupan los cuerpos de Bomberos en Chile?
En cada comuna o agrupación de comunas debe existir sólo un cuerpo de Bomberos, que debe estar integrado por compañías y brigadas. Los cuerpos son supervisados por la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile. Los cuerpos y la Junta Nacional forman el Sistema Nacional de Bomberos, que se considera servicio de utilidad pública.

¿Cuáles son sus funciones?
Atender, gratuita y voluntariamente, las emergencias causadas por la naturaleza o el ser humano, tales como incendios, accidentes de tránsito u otras.

¿Los bomberos pueden hacer asesorías en seguridad?
Sí, dentro de las funciones del Sistema Nacional de Bomberos se contempla que entregue asesoría en temas propios de su competencia a organismos públicos y privados. Esta asesoría puede ser gratuita o remunerada.

¿Cómo se financian los cuerpos de Bomberos?
Principalmente, con fondos estatales otorgados a través de la Ley de Presupuestos. Además se contemplan las siguientes formas adicionales de financiamiento:
• Aportes que reciban de los Gobiernos Regionales y las municipalidades donde presten servicios, de acuerdo a la ley.
• Ingresos que obtengan por la prestación de servicios, que deben ser distintos de sus funciones de atención gratuita de emergencias. La totalidad de esos ingresos deberán ir siempre a las arcas del cuerpo de Bomberos que prestó el servicio;
• Donaciones, que pueden ser de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas.
• Con los bienes que conforman su patrimonio.

¿Los bomberos deben rendir cuenta pública?
Sí. La Junta y los cuerpos de Bomberos deberán rendir cuenta de los fondos que se les entregan por la Ley de Presupuestos. Esta cuenta debe hacerse ante la Subsecretaría del Interior o ante las intendencias y gobernaciones que correspondan. La Junta Nacional debe rendir cuenta anual ante la Subsecretaría del Interior, al término del primer cuatrimestre del año siguiente. Asimismo, cada cuerpo de Bomberos debe presentar su rendición de cuenta anual antes del 31 de marzo del año siguiente ante la Junta.

¿Debe haber algún tipo de registro?
Debe existir un Registro Nacional de Bomberos Voluntarios. En él los cuerpos de Bomberos deberán inscribir a todos sus integrantes y mantenerlo actualizado. Además, deben existir un Registro Nacional de Vehículos de Bomberos y un Registro Nacional de Estadísticas de Servicio. En este último los cuerpos de Bomberos deberán ingresar trimestralmente la información sobre actos de servicio en los cuales hayan participado. Los tres registros deben estar a cargo de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

Que es la Violencia escolar (bullying)?

Sepa cómo debe abordarse el tema de la violencia en los colegios, especialmente entre
estudiantes, y qué debe hacer la comunidad escolar.

Hace tiempo que Andrea está intrigada por el cambio de conducta de su hija Matilde. Desde hace semanas está muy retraída y se pone nerviosa cada mañana al ir al colegio. Cuando Andrea le sugirió invitar a ciertas compañeras de curso para su cumpleaños, Matilde rompió en llanto y le confesó que en el colegio la molestan y la humillan a diario, y que no quiere ir nunca más a clases. Andrea está atónita. ¿Qué puede hacer para ayudar a su hija?

¿Qué se define por violencia escolar o “bullying”?

En términos simples es: todo acto de agresión u hostigamiento reiterado, realizado por estudiantes que atenten en contra de otro estudiante, valiéndose de una situación de superioridad o de indefensión de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o temor fundado de verse expuesta a un mal de carácter grave. Estos actos agresivos pueden ser cometidos por un solo estudiante o por
un grupo, tanto dentro como fuera del establecimiento educacional, y por cualquier medio, sea físico, psicológico e incluso mediante el uso de tecnologías, como Internet o celulares.

¿Quiénes son los responsables de prevenir el acoso escolar?
Es responsabilidad de alumnos, padres, madres, apoderados, profesores y directivos el propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia y así prevenir todo tipo de acoso. Además el personal directivo, los docentes, asistentes de la educación, administrativos y auxiliares en todos los establecimientos educacionales deberán recibir capacitación sobre la promoción de la
buena convivencia escolar y el manejo de situaciones de conflicto.

¿Deben existir en los colegios grupos organizados que deban encargarse de mantener el
buen clima escolar?
El Consejo Escolar que debe existir en cada establecimiento que reciba aportes del Estado tendrá como función adicional el promover la buena convivencia escolar y evitar cualquier tipo de agresión, hostigamiento y violencia física o psicológica hacia los alumnos.

Asimismo, los establecimientos que no tengan la obligación de tener un Consejo Escolar deben crear un Comité de Buena Convivencia Escolar (u otra entidad similar) que cumpla esa tarea. Para ello tienen un plazo de seis meses desde la publicación de la ley en el Diario Oficial. Además, todos los establecimientos educacionales deberán contar con un encargado de convivencia escolar, responsable de implementar las acciones que determine el Consejo Escolar o el Comité de Buena Convivencia Escolar, según corresponda.

¿Cómo denunciar un caso de acoso o violencia escolar?
Los padres, madres, apoderados, profesionales y docentes de la comunidad educativa que tengan conocimiento de un caso de violencia escolar, deben denunciarlo al establecimiento según dicte su reglamento interno. Dicho reglamento debe incorporar políticas de prevención, medidas pedagógicas, protocolos de actuación y conductas que sean faltas a la buena convivencia escolar,
además de establecer las medidas disciplinarias correspondientes.